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Políticas disciplinarias-Conducta de los alumnos (Política JFC)

CONDUCTA ESTUDIANTIL (Política JFC)

La protección y las salvaguardias garantizadas por la Constitución de los Estados Unidos y, más concretamente, por la Carta de Derechos se aplican a todos los alumnos. La responsabilidad es inherente a todos los derechos. El entorno escolar es una comunidad de individuos que viven e interactúan basándose en expectativas, derechos y responsabilidades compartidos y en el sentido común. Mantener una atmósfera en la que sea posible y se fomente el aprendizaje ordenado requiere el esfuerzo combinado y la colaboración de alumnos, padres, profesores, administradores escolares y otras personas implicadas en el proceso educativo.

Se espera que los empleados del distrito promuevan y ayuden a mantener una disciplina positiva en la escuela y en el aula y que aborden las infracciones disciplinarias en la medida en que les resulte práctico hacerlo. También se les anima y se espera que remitan a los administradores aquellas infracciones que no puedan resolver, que sean persistentes y que requieran una cantidad excesiva de tiempo de los profesores, así como cualquier preocupación que los administradores necesiten conocer como una cuestión de información, es decir, conocimiento de actividades relacionadas con bandas, acoso/intimidación, escritos o comportamientos que sugieran daño a otros o a uno mismo, y acontecimientos de la comunidad que puedan tener implicaciones para el entorno escolar.

La Junta cree que cada estudiante es único y tiene el potencial de hacer contribuciones positivas a la sociedad. Por lo tanto, en un esfuerzo cooperativo con los padres, el personal y los estudiantes, la junta se compromete a proporcionar una atmósfera que permita a todos los estudiantes maximizar su autoestima, autovaloración, auto-respeto y autocontrol. El Código de Conducta Estudiantil, JFC-R, está diseñado para alcanzar estas metas e ideales.

La Junta reconoce que el comportamiento aceptable es esencial para el desarrollo de ciudadanos responsables y autodisciplinados y para llevar a cabo un programa de instrucción eficaz en las escuelas del distrito. El comportamiento aceptable se basa en el respeto por uno mismo y por el valor y la dignidad humana de los demás. El desarrollo de dicho comportamiento en los alumnos es una doble función del hogar y de la escuela.

Un comportamiento inadecuado afecta al derecho de los alumnos a recibir una educación. Para garantizar el bienestar educativo de los alumnos y el mantenimiento de una atmósfera en la que sea posible y se fomente el aprendizaje ordenado, la Junta autoriza al superintendente y a su personal a establecer normas y reglamentos y a ponerlos en práctica. Las normas del distrito se publican y están a disposición de los alumnos y sus padres. Las normas y reglamentos del edificio y de las clases/actividades también estarán a disposición de los alumnos y sus padres. También se describen las consecuencias del incumplimiento de las normas y procedimientos. Dado que es imposible publicar todas las normas para cubrir todas las situaciones, no es necesario que las normas estén totalmente por escrito para que sean aplicables. Los administradores escolares, los profesores y otro personal apropiado del distrito y los agentes del distrito tienen autoridad para controlar la conducta de los alumnos en asuntos y con métodos que no entren en conflicto con las políticas del consejo o las autoridades legales.

Los empleados del distrito reciben capacitación anualmente y según corresponda con respecto a su papel en la implementación de la política que rige la conducta de los alumnos y busca mantener un entorno de aprendizaje seguro.

Se requiere que los estudiantes sigan las reglas y procedimientos de la escuela. Esto incluye cualquier momento en que los alumnos vayan y vengan de la escuela o estén en el recinto escolar durante o inmediatamente antes y después del horario escolar. Las reglas y procedimientos de la escuela están en efecto para los bailes, excursiones, obras de teatro, viajes fuera de la ciudad, eventos deportivos y otras actividades patrocinadas por la escuela, ya sea que se lleven a cabo en la escuela o fuera de ella.

160.775, RSMo