Saltar al contenido principal

Imagen del logotipo

Título del logotipo

Políticas de Disciplina - Ofensas / Comportamiento Inaceptable (Política JFC-R)

INFRACCIONES / COMPORTAMIENTO INACEPTABLE
(Política JFC-R)

Los siguientes comportamientos y actividades están sujetos a medidas disciplinarias. Las prohibiciones se aplican según corresponda en la propiedad de la escuela, en los autobuses escolares y en las paradas de autobús, hacia y desde la escuela, y en eventos patrocinados por la escuela en cualquier lugar.

  1. Absentismo-(Ver Absentismo escolar).
  2. Incendio provocado: provocaro intentar provocar un incendio o provocar o intentar provocar una explosión.
  3. Agresión colateral: infligir fuerza física y/o lesiones de forma no intencionadao indiscriminada a una persona distinta de la persona o personas principales contra las que se dirige la agresión.
  4. Agredir a un alumno:golpear intencionadamente, golpear o intentar causar lesiones a otro alumno cuando la parte lesionada no toma represalias; hacer temer a un alumno una lesión física inminente; lesionar físicamente a otro alumno.
  5. Agresión a un miembro del personal/adulto: golpear intencionadamente, golpear y/o intentar causar lesiones a un miembro del personal; hacer temer a un miembro del personal una lesión física inminente; lesionar físicamente a un miembro del personal.
  6. Amenazas de bomba y terroristas/falsas alarmas: originaruna amenaza de bomba o terrorista (574.150 RSMO) o una falsa alarma de peligro de cualquier manera.
  7. Intimidación -De acuerdo con la ley estatal, la intimidación se define como la intimidación, el comportamiento agresivo no deseado, o el acoso que es repetitivo o es sustancialmente probable que se repita y causa que un estudiante razonable tema por su seguridad física o propiedad; que interfiere sustancialmente con el rendimiento educativo, las oportunidades o los beneficios de cualquier estudiante sin excepción; o que interrumpe sustancialmente el funcionamiento ordenado de la escuela. La intimidación incluye, pero no se limita a: acciones físicas, incluyendo violencia, gestos, robo o daños a la propiedad; comunicación oral, escrita o electrónica, incluyendo insultos, desprecios, extorsión o amenazas; o amenazas de represalias o venganza por denunciar tales actos.
  8. Mal comportamiento en el autobús:las disposiciones y requisitos del código de disciplina se aplican a los alumnos mientras están en el autobús o en una parada de autobús; consulte la categoría correspondiente.
  9. Hacer trampas: plagio, utilización, presentación o intento de obtener datos o respuestas de forma deshonesta, mediante engaño o por medios distintos de los permitidos por las partes con autoridad.
  10. Sustancias controladas, posesión o consumo-posesióno consumo de una sustancia controlada que incluye bebidas alcohólicas, drogas u otras sustancias controladas e imitaciones de sustancias controladas, así como parafernalia de drogas.
  11. Sustancias controladas, venta o distribución: ventao distribución de una sustancia controlada que incluye bebidas alcohólicas, drogas u otras sustancias controladas o imitaciones de sustancias controladas, así como parafernalia de drogas.
  12. Cyber-bullying/amenazas-Unaforma de intimidación cometida por la transmisión de una comunicación incluyendo, pero no limitado a, un mensaje, texto, sonido o imagen por medio de un dispositivo electrónico incluyendo, pero no limitado a, un teléfono, teléfono inalámbrico u otro dispositivo de comunicación inalámbrica, computadora o localizador. El distrito tiene jurisdicción sobre el acoso cibernético que utiliza los recursos tecnológicos del distrito o que se origina en la propiedad del distrito, en una actividad del distrito o en el transporte del distrito. Incluso cuando el acoso cibernético no involucra la propiedad del distrito, actividades o recursos tecnológicos, el distrito impondrá consecuencias y disciplina para aquellos que participan en el acoso cibernético si hay un nexo suficiente con el entorno educativo, el comportamiento material y sustancialmente interrumpe el ambiente educativo, la comunicación implica una amenaza como se define por la ley, o el distrito es de otra manera permitida por la ley para hacer frente a la conducta.
  13. Desafío a la autoridad: negarsea obedecer peticiones o instrucciones razonables, verbales o escritas, de profesores, directores, conductores de autobús y demás personal escolar, incluida la no presentación al castigo.
  14. Destrucción de propiedad: dañaro destruir propiedad real o personal que pertenezca al distrito, o propiedad perteneciente a otros que esté ubicada en las instalaciones de la escuela y tenga razón para estarlo; manipular o interferir con propiedad como bicicletas, automóviles, equipos de emergencia y contra incendios.
  15. Comportamiento perturbador: mal comportamiento que interrumpe el entorno escolar y no está definido por ninguna otra categoría.
  16. Infracciones del código de vestimenta-La vestimenta y apariencia de los estudiantes no debe llamar indebidamente la atención del estudiante individual, y no debe interrumpir o distraer del proceso de instrucción. Ejemplos que probablemente no cumplan con estos requisitos, a menos que sean autorizados por el director de manera excepcional por razones tales como días de espíritu y color y consideraciones de calefacción/ventilación, son:
    • No llevar zapatos
    • Llevar ropa o accesorios que sean profanos, obscenos, perturbadores o sexualmente sugerentes, que promuevan la violencia o grupos de odio, o que representen bebidas alcohólicas, pistolas u otras armas letales; y gafas de sol y gafas oscuras, a menos que estén graduadas.
    • Llevar rulos, redecillas, recogedores, peines y coberturas de plástico para el pelo - Llevar la cabeza cubierta en el edificio (los sombreros y los abrigos deben colocarse en las taquillas o en otras zonas designadas a tal efecto durante la jornada escolar).
    • Llevar la ropa de forma incorrecta (por ejemplo, los pantalones deben llevarse a la cintura, no caídos, etc.).
    • Cadenas utilizadas con carteras, llaves, etc. o como cinturón o adorno - Ropa, colorido, insignias u otros símbolos o combinaciones de símbolos en el recinto escolar o en actividades patrocinadas por la escuela que indiquen pertenencia, afiliación o apoyo a cualquier banda u organización similar asociada con la violencia, las drogas, la intimidación u otra actividad delictiva.
  17. Lucha:combate físico mutuoen el que todas las partes han contribuido al conflicto mediante acciones físicas.
  18. Fuegos artificiales/dispositivos explosivos: posesióny/o activación de fuegos artificiales o dispositivos explosivos.
  19. Falsificación: escribirel nombre de otra persona o hacerse pasar por ella para falsificar información relacionada con la escuela.
  20. Juego: utilizaciónde cualquier medio de azar para apostar dinero u otros objetos de valor.
  21. Actividad o asociación pandillera:"pandilla" se define como un grupo de personas que participan o promueven actos de perturbación, violencia, actos delictivos, extorsión, intimidación y/o distribución o uso de drogas ilegales, y que buscan establecer una identidad grupal a través de vestimenta o gestos comunes, tales como signos, discurso, graffiti, colores y similares. Llevar, portar o exhibir parafernalia de pandillas, o mostrar comportamientos o gestos que simbolicen la pertenencia a una pandilla, o cualquier otro atributo que indique o implique pertenencia o apoyo a dicho grupo.
  22. Acoso:palabras, gestos o acciones no deseadasdirigidas a un individuo o grupo, que tienen el propósito o el efecto de degradar, molestar, incomodar o no respetar la dignidad de otra persona. El acoso también incluye, pero no se limita a, hacer referencias despectivas sobre la edad, sexo, raza, religión, etnia, origen nacional, discapacidad, orientación sexual u otras características personales de otra persona. (véase también Ciberacoso/Amenazas)
  23. Novatadas-Paralos propósitos de esta política, las novatadas se definen como cualquier actividad, dentro o fuera de la escuela, que una persona razonable cree que tendría un impacto negativo en la salud mental o física o la seguridad de un estudiante o poner al estudiante en una posición ridícula, humillante, estresante o desconcertante con el propósito de iniciación, afiliación, admisión, membresía o mantenimiento de la membresía en cualquier grupo, clase, organización, club o equipo deportivo incluyendo, pero no limitado a, un nivel de grado, organización estudiantil o actividad patrocinada por el distrito.
  24. Contacto físico inapropiado-Comportamiento agresivohacia los demás; Contacto físico involuntario de naturaleza sexual; o Payasadas con contacto físico.
  25. Infracciones de identificación: negativa aidentificarse, pérdida reiterada o no exhibición de la tarjeta de identificación, identificación falsa, uso indebido o desfiguración de una tarjeta de identificación.
  26. Muestra inapropiada de afecto:muestra inapropiadade afecto físico en el entorno escolar.
  27. Uso indebido de Internet/medios electrónicos-
    1. violación de las disposiciones del acuerdo de uso aceptable de la escuela que rigen el uso de las propiedades y la capacidad de los medios electrónicos del distrito (Véase también la Política EHB)
    2. uso de aparatos electrónicos de música, i-pods, juegos electrónicos, cámaras, juguetes, monopatines, teléfonos móviles, localizadores y punteros láser en cualquier momento, salvo antes o después de la escuela, a menos que esté específicamente autorizado por un administrador o especificado en un IEP; uso inapropiado de estos artículos en cualquier momento.
  28. Intimidación: amenazas verbales, físicas, escritas o generadas electrónicamente contra; intimidación que haga temer a un alumno razonable por su seguridad física o sus bienes, burlas o gestos amenazadores hacia una persona; amenaza de daños a los bienes propios; uso de amenazas o engaños para extorsionar bienes; amenaza de revelar o revelar información para ejercer influencia sobre otra persona; difamación de la raza, religión, sexo, origen étnico u otras características personales; y cualquier amenaza de represalias por denunciar tales actos.
  29. Lenguaje, uso inapropiadode palabras, gestos o acciones profanas, despectivas, degradantes, groseras, vulgares, abusivas o perturbadoras, verbales, escritas, pictóricas o simbólicas, que ofendan o hieran a otra persona o personas, o perturben el trabajo en el aula, las actividades y funciones escolares u otros entornos escolares.
  30. Acoso sexual o mala conducta-expresiones o gestos inapropiados de naturaleza sexual dirigidos a o sobre otra persona con un propósito o resultado ofensivo o intimidatorio; represalias contra una persona por hacer una denuncia de acoso sexual cuando el denunciante cree que ha ocurrido o está ocurriendo acoso sexual; posesión y/o distribución de materiales/objetos pornográficos o sexualmente explícitos en la escuela (ver también Política JBA). Un estudiante no usará una cámara, teléfono celular con cámara u otro dispositivo de imágenes para tomar fotografías o grabar cualquier imagen de estudiantes u otros en lugares o circunstancias:
    • donde dichas personas estén o puedan estar parcialmente vestidas, incluidas, entre otras, las salas de descanso y otros vestuarios,
    • cuando dicha imagen vulnere de cualquier otro modo las normas de privacidad comúnmente aceptadas, incluido, entre otros, el hecho de tomar o intentar tomar fotografías por debajo de la ropa de otra persona,
    • cuando los estudiantes u otras personas tengan alguna otra expectativa razonable de privacidad con respecto a su persona.
  31. Abuso, acoso o agresión sexual: tocarlas zonas privadas de cualquier persona, con o sin permiso; comportamiento y actos sexuales ilícitos infligidos a otra persona.
  32. Conducta sexual inapropiada:conducta física y sexual deliberadaque puede incluir la exposición o el contacto corporal indecente, inmodesto o inaceptable.
  33. Fumar/tabaco/cigarrillos electrónicos: usoo posesión de cualquier tipo de tabaco, cigarrillo electrónico o dispositivo, producto o parafernalia para fumar en cualquier entorno escolar.
  34. Robo: apropiarse debienes ajenos o poseer bienes ajenos sin permiso.
  35. Allanamiento de morada:presencia no autorizadaen las instalaciones escolares o negativa a abandonarlas cuando así se lo indique una persona con autoridad.
  36. Absentismo escolar: faltara clase; excesivas tardanzas y ausencias injustificadas.
  37. Objetos no autorizados:traer a la escuela, intencionadamenteo no, objetos no autorizados sin intención de causar daño o perturbar el orden.
  38. Vandalismo-dañarpropiedad personal que pertenece al distrito, o propiedad perteneciente a otros que está localizada en y tiene razón de estar localizada en las instalaciones de la escuela; manipular o interferir con propiedad tal como bicicletas, carros, equipo de bomberos y de emergencia.
  39. Armas: uso, amenaza de uso, posesión, suministro o exhibición de cualquier arma o semejante a un arma (incluido un juguete), incluidas las armas de fuego según se definen en la política JFCJ o en 18 U.S.C. 921, o cualquier componente de un arma; munición; cualquier instrumento o dispositivo utilizado para amenazar o infligir lesiones físicas a otra persona, o para dañar la propiedad.