Políticas de Disciplina: Infracciones / Conducta Inaceptable (Política JFC-R)
FALTAS / COMPORTAMIENTO INACEPTABLE
(Política JFC-R)
Los siguientes comportamientos y actividades están sujetos a medidas disciplinarias. Las prohibiciones se aplican, según corresponda, en la propiedad escolar, en los autobuses escolares y en las paradas de autobús, hacia y desde la escuela, y en los eventos patrocinados por la escuela en cualquier lugar.
- Ausentismo (Ver Ausentismo Escolar).
- Incendio provocado: iniciar o intentar iniciar un incendio o causar o intentar causar una explosión.
- Agresión, colateral: infligir de manera no intencional o indiscriminada fuerza física y/o lesiones a una persona que no sea la persona o personas principales contra las que se dirige una agresión.
- Agresión a un estudiante: golpear, atacar y/o intentar intencionalmente causar daño a otro estudiante donde la parte lesionada no toma represalias; hacer que un estudiante tema una lesión física inminente; lesionar físicamente a otro estudiante.
- Agresión a un miembro del personal/adulto: golpear, atacar y/o intentar intencionalmente causar daño a un miembro del personal; hacer que un miembro del personal tema una lesión física inminente; lesionar físicamente a un miembro del personal.
- Amenazas de bomba y terroristas/falsas alarmas: originar una amenaza de bomba o terrorista (574.150 RSMO) o una falsa alarma de peligro de cualquier manera.
- Acoso escolar: de acuerdo con la ley estatal, el acoso escolar se define como intimidación, comportamiento agresivo no deseado o acoso que es repetitivo o que es sustancialmente probable que se repita y causa que un estudiante razonable tema por su seguridad física o propiedad; que interfiere sustancialmente con el rendimiento educativo, las oportunidades o los beneficios de cualquier estudiante sin excepción; o que interrumpe sustancialmente el funcionamiento ordenado de la escuela. El acoso escolar incluye, entre otros: acciones físicas, incluida la violencia, gestos, robo o daños a la propiedad; comunicación oral, escrita o electrónica, incluidos insultos, humillaciones, extorsión o amenazas; o amenazas de represalias o venganza por denunciar tales actos.
- Mala conducta en el autobús: las disposiciones y los requisitos del código de disciplina se aplican a los estudiantes mientras están en el autobús o en una parada de autobús; consulte la categoría correspondiente.
- Hacer trampa: plagio, usar, presentar o intentar obtener datos o respuestas de manera deshonesta, por engaño o por medios distintos a los permitidos por las partes con autoridad.
- Sustancias controladas, posesión o consumo: posesión o consumo de una sustancia controlada que incluye bebidas alcohólicas, drogas u otras sustancias controladas y sustancias controladas de imitación, así como parafernalia de drogas.
- Sustancias controladas, venta o distribución: venta o distribución de una sustancia controlada que incluye bebidas alcohólicas, drogas u otras sustancias controladas o sustancias controladas de imitación, así como parafernalia de drogas.
- Ciberacoso/amenazas: una forma de acoso cometido mediante la transmisión de una comunicación que incluye, entre otros, un mensaje, texto, sonido o imagen por medio de un dispositivo electrónico que incluye, entre otros, un teléfono, un teléfono inalámbrico u otro dispositivo de comunicación inalámbrico, una computadora o un buscapersonas. El distrito tiene jurisdicción sobre el ciberacoso que utiliza los recursos tecnológicos del distrito o que se origina en la propiedad del distrito, en una actividad del distrito o en el transporte del distrito. Incluso cuando el ciberacoso no involucra la propiedad, las actividades o los recursos tecnológicos del distrito, el distrito impondrá consecuencias y disciplina a aquellos que participen en el ciberacoso si existe un nexo suficiente con el entorno educativo, el comportamiento interrumpe material y sustancialmente el entorno educativo, la comunicación involucra una amenaza según lo define la ley, o la ley permite al distrito abordar el comportamiento de otra manera.
- Desacato a la autoridad: negarse a obedecer solicitudes/instrucciones verbales y/o escritas razonables de maestros, directores, conductores de autobús y otro personal escolar, incluido el no presentarse a la detención.
- Destrucción de la propiedad: dañar o destruir bienes muebles o inmuebles que pertenecen al distrito, o bienes que pertenecen a otros que se encuentran y tienen motivos para encontrarse en las instalaciones escolares; manipular o interferir con propiedades como bicicletas, automóviles, equipos de emergencia y contra incendios.
- Comportamiento disruptivo: comportamiento inapropiado que interrumpe el entorno escolar y no está definido por ninguna otra categoría.
- Infracciones del código de vestimenta—vestimenta inapropiada/violaciones del código de vestimenta—La vestimenta y la apariencia de los estudiantes no deben llamar la atención indebida sobre el estudiante individual, y no deben interrumpir ni distraer del proceso de instrucción. Los ejemplos que es poco probable que cumplan con estos requisitos, a menos que sean autorizados por el director de forma excepcional por razones tales como días de espíritu y color y consideraciones de calefacción/ventilación, son:
- No usar zapatos
- Usar ropa o accesorios que sean profanos, obscenos, perturbadores o sexualmente sugestivos, que promuevan la violencia o grupos de odio, o que representen bebidas alcohólicas, armas de fuego u otras armas letales; y gafas de sol y gafas oscuras, a menos que sean recetadas
- Usar rulos, redecillas, peines y cubiertas de plástico para el cabello • Usar sombreros en el edificio (los sombreros y abrigos deben colocarse en los casilleros u otras áreas designadas para este propósito durante el día escolar)
- Usar ropa de manera incorrecta (por ejemplo, los pantalones deben usarse a la altura de la cintura, no caídos, etc.)
- Cadenas utilizadas con billeteras, llaves, etc. o como cinturón o decoración • Ropa, coloración, insignias u otro símbolo o combinaciones de símbolos en los terrenos de la escuela o en las actividades patrocinadas por la escuela que indiquen membresía, afiliación o apoyo a cualquier pandilla u organización similar asociada con la violencia, las drogas, la intimidación u otra actividad delictiva.
- Pelea: combate físico mutuo en el que todas las partes han contribuido al conflicto mediante acción física.
- Fuegos artificiales/artefactos explosivos: posesión y/o detonación de fuegos artificiales o artefactos explosivos.
- Falsificación: escribir el nombre de otra persona o hacerse pasar por ella para falsificar información relacionada con la escuela.
- Juegos de azar: usar cualquier medio de azar para apostar dinero u otros artículos de valor.
- Actividad o asociación con pandillas: “pandilla” se define como un grupo de personas que participan o promueven actos de alteración, violencia, actos delictivos, extorsión, intimidación y/o distribución o uso de drogas ilegales, y que buscan establecer una identidad grupal a través de vestimenta o gestos comunes, como signos, habla, grafiti, colores y similares. Usar, portar o exhibir parafernalia de pandillas, o exhibir comportamientos o gestos que simbolicen la pertenencia a una pandilla, o cualquier otro atributo que indique o implique la pertenencia o el apoyo a dicho grupo.
- Acoso—palabras, gestos o acciones no deseadas dirigidas a un individuo o grupo, que tienen el propósito o el efecto de degradar, molestar, fastidiar o no respetar la dignidad de otra persona. El acoso también incluye, entre otros, hacer referencias despectivas sobre la edad, el sexo, la raza, la religión, la etnia, el origen nacional, la discapacidad, la orientación sexual u otras características personales de otra persona. (véase también Ciberacoso/Amenazas)
- Novatadas—Para los propósitos de esta política, las novatadas se definen como cualquier actividad, dentro o fuera de los terrenos escolares, que una persona razonable crea que impactaría negativamente la salud o la seguridad mental o física de un estudiante o pondría al estudiante en una posición ridícula, humillante, estresante o desconcertante con el propósito de iniciación, afiliación, admisión, membresía o mantenimiento de la membresía en cualquier grupo, clase, organización, club o equipo atlético, incluyendo, pero no limitado a, un nivel de grado, organización estudiantil o actividad patrocinada por el distrito.
- Contacto físico inapropiado: comportamiento agresivo hacia otros; contacto físico accidental de naturaleza sexual; o juegos bruscos con contacto físico.
- Infracciones de identificación: negarse a identificarse, pérdida o no presentación repetida de la tarjeta de identificación, identificación falsa, uso indebido o alteración de una tarjeta de identificación.
- Demostración inapropiada de afecto: demostración inapropiada de afecto físico en el entorno escolar.
- Uso indebido de Internet/medios electrónicos—
- violación de las disposiciones del acuerdo de uso aceptable de la escuela que rige el uso de las propiedades y la capacidad de los medios electrónicos del distrito (Véase también la Política EHB)
- uso de dispositivos electrónicos de música, i-pods, juegos electrónicos, cámaras, juguetes, patinetas, teléfonos celulares, buscapersonas y punteros láser en cualquier momento, que no sea antes o después de la escuela, a menos que esté específicamente autorizado por un administrador o especificado en un IEP; uso inapropiado de estos artículos en cualquier momento.
- Intimidación: realizar amenazas verbales, físicas, escritas o generadas electrónicamente contra; acoso que causa que un estudiante razonable tema por su seguridad física o propiedad, burlarse o gesticular amenazadoramente hacia una persona; amenazar con dañar la propiedad de uno; usar amenazas o engaños para extorsionar la propiedad; amenazar con exponer o exponer información para ejercer influencia sobre otra persona; difamar la raza, religión, género, origen étnico u otras características personales de uno; y cualquier amenaza de represalia por informar tales actos.
- Lenguaje inapropiado: uso de palabras, gestos o acciones profanas, despectivas, degradantes, groseras, vulgares, abusivas o perturbadoras, verbales, escritas, pictóricas o simbólicas, que ofenden o hieren a otra persona o personas, o interrumpen el trabajo en el aula, las actividades y funciones escolares u otros entornos escolares.
- Acoso o conducta sexual inapropiada—expresiones o gestos inapropiados no deseados de naturaleza sexual dirigidos a otra persona o sobre ella con un propósito o resultado ofensivo o intimidatorio; represalias contra una persona por presentar una queja de acoso sexual cuando el denunciante cree que el acoso sexual ha ocurrido o está ocurriendo; posesión y/o distribución de materiales/objetos pornográficos o sexualmente explícitos en la escuela (véase también la Política JBA). Un estudiante no deberá utilizar una cámara, un teléfono celular con cámara u otro dispositivo de imagen para tomar fotografías o grabar cualquier imagen de estudiantes u otras personas en lugares o en circunstancias:
- donde tales personas están o pueden estar parcialmente vestidas, incluyendo, pero no limitado a, baños y otras áreas de cambio,
- cuando tal imagen viole de otra manera los estándares de privacidad comúnmente aceptados, incluyendo, pero no limitado a, tomar o intentar tomar fotografías debajo de la ropa de otra persona,
- donde los estudiantes u otras personas tienen alguna otra expectativa razonable de privacidad con respecto a su persona.
- Abuso sexual, abuso o agresión: tocar las áreas privadas de cualquier persona, con o sin permiso; comportamiento y actos sexuales ilícitos infligidos a otra persona.
- Conducta sexual inapropiada: conducta física y sexual deliberada que puede incluir exposición o contacto indecente, inmodesto o inaceptable del propio cuerpo.
- Fumar/tabaco/cigarrillos electrónicos: uso o posesión de cualquier tabaco, cigarrillo electrónico o dispositivo, producto o parafernalia para fumar en cualquier entorno escolar.
- Robo: tomar la propiedad perteneciente a otro, o poseer propiedad perteneciente a otro sin permiso.
- Intrusión: presencia no autorizada en la propiedad de la escuela o negativa a irse cuando así lo indique una persona con autoridad.
- Ausentismo escolar: faltar a clase; tardanzas y ausencias excesivas sin excusa.
- Objetos no autorizados: traer intencionalmente o no intencionalmente objetos no autorizados a la escuela sin intención de causar daño o interrumpir.
- Vandalismo: dañar la propiedad personal que pertenece al distrito, o la propiedad que pertenece a otros que se encuentra en las instalaciones de la escuela y tiene motivos para estar allí; manipular o interferir con propiedades como bicicletas, automóviles, equipos de incendio y emergencia.
- Armas: uso, amenaza de uso, posesión, suministro o exhibición de cualquier arma o réplica de arma (incluido un juguete), incluidas las armas de fuego tal como se definen en la política JFCJ o 18 U.S.C. 921, o cualquier componente de un arma; municiones; cualquier instrumento o dispositivo utilizado para amenazar o infligir daño físico a otra persona, o para dañar la propiedad.
