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Políticas disciplinarias: Acoso escolar (Política JFCG)

ACOSO ESCOLAR (Política JFCG)

General
Con el fin de promover un entorno de aprendizaje seguro para todos los estudiantes, el Distrito Escolar de Ritenour prohíbe toda forma de acoso. El distrito también prohíbe las represalias o venganzas contra cualquier persona que denuncie un acto de acoso entre o contra los estudiantes.

Definiciones

  • Acoso escolar: de acuerdo con la ley estatal, el acoso escolar se define como intimidación, comportamiento agresivo no deseado o acoso que es repetitivo o que es sustancialmente probable que se repita y causa que un estudiante razonable tema por su seguridad física o propiedad; que interfiere sustancialmente con el rendimiento educativo, las oportunidades o los beneficios de cualquier estudiante sin excepción; o que interrumpe sustancialmente el funcionamiento ordenado de la escuela. El acoso escolar incluye, entre otros: acciones físicas, incluida la violencia, gestos, robo o daños a la propiedad; comunicación oral, escrita o electrónica, incluidos insultos, humillaciones, extorsión o amenazas; o amenazas de represalias o venganza por denunciar tales actos.
  • Ciberacoso: una forma de acoso cometido mediante la transmisión de una comunicación que incluye, entre otros, un mensaje, texto, sonido o imagen por medio de un dispositivo electrónico que incluye, entre otros, un teléfono, un teléfono inalámbrico u otro dispositivo de comunicación inalámbrico, una computadora o un buscapersonas. El distrito tiene jurisdicción sobre el ciberacoso que utiliza los recursos tecnológicos del distrito o que se origina en la propiedad del distrito, en una actividad del distrito o en el transporte del distrito. Incluso cuando el ciberacoso no involucra la propiedad, las actividades o los recursos tecnológicos del distrito, el distrito impondrá consecuencias y disciplina a aquellos que participen en el ciberacoso si existe un nexo suficiente con el entorno educativo, el comportamiento interrumpe material y sustancialmente el entorno educativo, la comunicación involucra una amenaza según lo define la ley, o la ley permite al distrito abordar el comportamiento de otra manera.
  • Día escolar: un día en el calendario escolar en el que se exige a los estudiantes que asistan a la escuela.

Funcionarios designados
Por la presente, se designa al director de cada edificio como la persona que recibirá e investigará los informes de acoso escolar. Cada director de edificio designará al menos a dos maestros o administradores del edificio que estén autorizados para recibir e investigar los informes de acoso escolar en ausencia del director o a discreción del director.

El oficial de cumplimiento del distrito designado en la política AC actuará como coordinador contra el acoso escolar en todo el distrito. El coordinador contra el acoso escolar recibirá todos los informes de investigación completos de todos los edificios y analizará los informes para identificar cualquier información que pueda informar los programas de educación y capacitación contra la discriminación y el acoso escolar del distrito. Además, el coordinador contra el acoso escolar ayudará a realizar los informes pertinentes según lo exija la ley estatal y federal.

Reportar el acoso escolar
Se espera que los empleados escolares, los suplentes o los voluntarios intervengan para prevenir el acoso escolar entre los estudiantes, disciplinen adecuadamente al perpetrador, ayuden a la víctima e informen del incidente al director del edificio o a la persona designada para que se investigue y se tomen medidas adicionales. Cualquier empleado escolar, suplente o voluntario que sea testigo o tenga conocimiento de primera mano del acoso a un estudiante debe informar del incidente al director del edificio o a la persona designada lo antes posible, pero a más tardar dos días escolares después del incidente.

Se anima a los estudiantes que hayan sido objeto de acoso escolar, o que hayan presenciado o tengan conocimiento de acoso escolar, a que informen de inmediato de dichos incidentes a un empleado escolar. Cualquier empleado escolar que reciba dicho informe deberá transmitirlo de inmediato al director del edificio o a la persona designada.

Si el incidente de acoso involucra a estudiantes de más de un edificio del distrito, el informe debe hacerse al director o a la persona designada del edificio en el que tuvo lugar el incidente o, si es más apropiado, al director o a la persona designada del edificio al que asiste la mayoría de los participantes en el incidente.

Investigación
Dentro de los dos días escolares posteriores a la recepción de un informe de acoso escolar, el director o la persona designada iniciará una investigación del incidente. Los informes que involucran a estudiantes de varios edificios serán investigados en cooperación por los directores de cada edificio involucrado, o esos directores pueden solicitar que el oficial de cumplimiento del distrito designado en la política AC lleve a cabo la investigación. Si en algún momento durante la investigación el director determina que el acoso escolar involucra discriminación, acoso o represalias ilegales como se describe en la política AC, el director informará el incidente al oficial de cumplimiento designado en esa política, quien ayudará en la investigación. Si el presunto acoso escolar involucra a un estudiante de educación especial o a un estudiante con discapacidades, el director también notificará al director de educación especial.

La investigación se completará dentro de los diez días escolares a partir de la fecha en que se recibió el informe de acoso escolar, a menos que exista una buena causa para extender la investigación. Al finalizar la investigación, el director decidirá si ocurrió acoso escolar o acoso y, de ser así, si se justifica una disciplina adicional de acuerdo con el código de disciplina estudiantil del distrito. El director generará un informe escrito de la investigación y los hallazgos y enviará una copia del informe completo al coordinador contra el acoso escolar del distrito.

El director o la persona designada documentará el informe en los archivos de la víctima y del presunto o real perpetrador del acoso escolar. Todos los informes se mantendrán confidenciales de acuerdo con la ley estatal y federal. Si el incidente involucró acusaciones de discriminación o acoso ilegal, la decisión del director puede apelarse de acuerdo con la política AC. La disciplina estudiantil puede apelarse cuando lo permita la ley de acuerdo con la política de la Junta. El director u otro personal apropiado del distrito trabajará con las víctimas y sus familias para acceder a los recursos y servicios para ayudarlos a lidiar con cualquier efecto negativo que haya resultado del incidente.

Consecuencias
Los estudiantes que participen en el acoso o que tomen represalias contra cualquier persona que denuncie el acoso serán disciplinados de acuerdo con el código de disciplina del distrito. Dicha disciplina puede incluir detención, suspensión dentro de la escuela, suspensión fuera de la escuela, expulsión, exclusión de la participación en actividades, exclusión de honores y premios, y otras consecuencias que el director o el superintendente consideren apropiadas. El distrito también se pondrá en contacto con las fuerzas del orden cuando lo exija la ley o notificará a las empresas de redes sociales sobre actividades inapropiadas en línea cuando sea apropiado.

Incluso en situaciones en las que el distrito no tiene jurisdicción para disciplinar a un estudiante por acoso, como cuando los actos tienen lugar fuera del campus y no existe un nexo suficiente con el distrito, el director o la persona designada tomará las medidas apropiadas para ayudar a las víctimas estudiantiles. Dichas acciones pueden incluir, entre otras, contactar a los padres/tutores de la víctima y los presuntos perpetradores, comunicar que este comportamiento no está permitido en los terrenos del distrito o en las actividades del distrito, notificar al personal apropiado del distrito para ayudar a la víctima y tomar medidas adicionales cuando sea apropiado, como notificar a las fuerzas del orden o a las empresas de redes sociales sobre actividades inapropiadas en línea.

Los empleados y suplentes del distrito que violen esta política serán disciplinados o despedidos. La disciplina puede incluir la suspensión con o sin goce de sueldo, una evaluación negativa, la prohibición de estar en la propiedad del distrito o en las actividades del distrito, la capacitación obligatoria u otra acción correctiva apropiada. A los voluntarios que violen esta política ya no se les permitirá ser voluntarios.

Publicación de la política
El distrito notificará anualmente a los estudiantes, padres/tutores, empleados del distrito, suplentes y voluntarios sobre esta política y la prohibición del distrito contra el acoso. Se incluirá una copia de esta política en los manuales del estudiante y se publicará en el sitio web del distrito.

Capacitación y educación
El coordinador de la política antiacoso del distrito proporcionará información y capacitación adecuada diseñada para ayudar a los empleados, sustitutos y voluntarios que tienen contacto significativo con los estudiantes a identificar, prevenir y responder a los incidentes de acoso.

El distrito proporcionará educación e información sobre el acoso y esta política a los estudiantes cada año. El director de cada escuela, en consulta con los consejeros escolares y otros empleados escolares apropiados, determinará los mejores métodos para facilitar la discusión.

Los métodos pueden incluir, pero no se limitan a: asambleas; presentaciones en el aula; reuniones de clase; reuniones de equipo o club; presentaciones especiales de consejeros, trabajadores sociales o profesionales de la salud mental; y eventos de puertas abiertas. Cuando sea práctico, se invitará a los padres/tutores a asistir.

Además de educar a los estudiantes sobre el contenido de esta política, el distrito informará a los estudiantes sobre:

  1. El procedimiento para denunciar el acoso escolar, incluyendo los nombres de los profesores o administradores de sus edificios que han sido designados y autorizados para recibir e investigar las denuncias de acoso escolar. Los estudiantes también pueden denunciar el acoso escolar a cualquier profesor, consejero o administrador del edificio.
  2. Los efectos perjudiciales del acoso escolar.
  3. Cualquier iniciativa que la escuela o el distrito haya creado para abordar el acoso escolar, incluyendo las iniciativas de los estudiantes entre pares.
  4. Las consecuencias para aquellos que participan en el acoso o se involucran en represalias o venganza contra aquellos que denuncian el acoso.

Los consejeros escolares, los trabajadores sociales, los profesionales de la salud mental, los psicólogos escolares u otro personal apropiado del distrito educarán a los estudiantes que son víctimas de acoso sobre cómo superar los efectos negativos del acoso, incluyendo, pero no limitado a:

  1. Cultivar la autoestima del estudiante.
  2. Enseñar al estudiante a defenderse de manera asertiva y eficaz sin violencia.
  3. Ayudar al estudiante a desarrollar habilidades sociales.
  4. Fomentar el desarrollo de un locus de control interno en el estudiante.

Programas y recursos escolares adicionales
El Consejo Directivo instruye al superintendente o a la persona designada para implementar programas y otras iniciativas para abordar el acoso, responder a dicha conducta de una manera que no estigmatice a la víctima y poner a disposición de las víctimas del acoso recursos o referencias. Dichas iniciativas pueden incluir la educación de los padres/tutores y las familias sobre la prevención del acoso y los recursos.